Sombra anunció medidas de emergencia ante la crisis administrativa, económica y financiera

El intendente anunció una serie de medidas de emergencia, cuyo objetivo es paliar la crisis administrativa, económica y financiera municipal.

Política30/08/2024NdANdA
Crisis administrativa, económica y financiera

Esta tarde en el Salón Cultural, el intendente Nelson Sombra –acompañado por los funcionarios de su gabinete- presentó a la comunidad una serie de medidas de emergencia, cuyo objetivo es paliar la crisis administrativa, económica y financiera que enfrenta el municipio.
    En la ocasión, en un espacio colmado, estuvieron presentes concejales, sindicalistas, representantes de diversas entidades de la comunidad, consejeros escolares, sectores políticos, medios de comunicación, trabajadores y trabajadoras municipales y público en general.
    En principio, el jefe comunal explicó que “la idea de la presentación de hoy tiene que ver con detallar la situación actual, de cara a la comunidad -por eso lo hicimos en este ámbito invitando a la representatividad política, a las fuerzas vivas-, para que en conjunto comprendamos la magnitud del desafío que tenemos por delante”.
    “Claramente tenemos una crisis económica, financiera y administrativa en el partido de Azul. Es un déficit estructural que lleva muchísimo tiempo y que por supuesto se aceleró o se agravó por las políticas económicas que se han declarado a nivel nacional”-resaltó Sombra.
    A continuación, el Intendente procedió a describir la estructura comunal de recursos y gastos para que se comprendiera el desequilibrio existente. Al respecto, explicitó la procedencia de los fondos que en la actualidad representan un 70% de origen provincial y un 30% municipal.
    Con relación a los gastos corrientes, informó que al 31 de julio de este año, las remuneraciones de la planta de personal rondan el 70% de los mismos, la recolección y barrido el 10% y otros un 20%.
    Seguidamente, para resaltar la cantidad de prestaciones que por ejemplo en educación, salud y desarrollo social presta la comuna enumeró los hospitales, CAPS, establecimientos de educación formal y no formal, centro de atención a la tercera edad, programas culturales y deportivos con los que cuenta la comuna. 

Medidas de emergencia
    Respecto a las medidas que anunció el mandatario, subrayó que “he decidido tomarlas ancladas en evitar despidos en este contexto tan complejo, en garantizar la cantidad de servicios y contraprestaciones que tenemos, en lograr recuperar la confianza entre los contribuyentes y su municipio y en poder sostener –tal vez un poco más limitada- una masa asalariada, cuyos ingresos se vuelcan en la economía local”. 
    “No son novedosas, son medidas que ya se han tomado en este municipio; tal vez lo novedoso es mostrárselo a la comunidad para que todos puedan comprender en la situación que está el partido de Azul”-recalcó.
    En este sentido, comunicó que firmó el decreto que declara la emergencia administrativa, económica y financiera por 180 días a partir del 1 de septiembre;  la implementación de un plan de facilidades de pago y regularización de deuda de contribuyentes para aumentar los porcentajes de recaudación y el uso de todas las herramientas legales disponibles para alcanzar a quienes adeudan tasas desde hace tiempo. 
    Además, la puesta en marcha de un programa de reducción y optimización de gastos que comprende el congelamiento y rebaja del 15% del salario de funcionarios políticos; la disminución de su sueldo como jefe comunal en un 30%; la suspensión de viáticos para funcionarios; la reducción del 20% en compra de bienes y contratación de servicios; la revisión de contratos de obras y servicios en curso y acuerdos de consolidación de deuda con proveedores.
    En cuanto a la planta de empleados, el mencionado programa establece un máximo de 40 horas semanales en la carga horaria del personal municipal; la suspensión del pago de horas extras, de cobertura de vacantes y de otorgamiento de nuevas funciones, horarios prolongados y horas extras. En cada caso, se evaluarán excepciones a situaciones extraordinarias.
    Asimismo, extendió la invitación al Concejo Deliberante para la definición y ejecución de un programa de reducción de gastos en el ámbito de su competencia. 
    “Esa es la realidad; está documentado; es información pública. Se las quería contar de cara a la comunidad, no en un salón cerrado en el que haya pocos actores. Necesito que la sociedad comprenda la situación que tiene Azul. Y no tengan dudas de que les he hablado con la verdad y el corazón”-finalizó el intendente Sombra. 

DECRETO 

VISTO la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley 6769/58) y la crisis administrativa, económica y financiera que atraviesa la Municipalidad de Azul
Y CONSIDERANDO
Que la Municipalidad de Azul atraviesa una profunda crisis económica y financiera que tiene origen en sus deficiencias estructurales y se ha visto seriamente agravada por el modelo económico a nivel nacional.
Que las políticas económicas implementadas por el Gobierno nacional están teniendo graves consecuencias en la economía y en las finanzas provinciales y por consiguiente en las economías municipales y en la vida cotidiana de todos los bonaerenses. El Estado nacional se ha retirado de muchas de sus funciones básicas e incumplido sistemáticamente sus obligaciones con las provincias. La mega-devaluación sin compensación de ingresos de diciembre pasado y el recorte fiscal a nivel nacional provocó una recesión económica   que se traduce en una economía más pequeña, con más desempleo, habitantes con menos ingresos y ahorros, y más desigualdad. A nivel de nuestro municipio esto se traduce en un importante incremento de la demanda reflejada fundamentalmente en las áreas de SALUD y DESARROLLO SOCIAL.
Que entre enero y julio de 2024 el municipio de Azul acumula una pérdida de recaudación por coparticipación de casi $1.500 millones, producto del impacto de la crisis económica en la recaudación en los tres niveles: nacional, provincial y municipal. 
Que los impuestos ligados al nivel de actividad, como Ingresos Brutos, e IVA, con un peso importante sobre la coparticipación, tuvieron importantes caídas en todo este período. La Provincia de Buenos Aires fue de las provincias más perjudicadas, sobre todo por la caída en la recaudación de tributos nacionales, que cayeron para la provincia -15%. La disminución en la recaudación de tributos provinciales en el primer semestre fue de -5,2%.
Que los recursos propios de Azul disminuyeron -21,7% en el primer trimestre de 2024. La recaudación de Tasas y Derechos mermó un - 18,8% en términos reales en el primer trimestre. 
Que algunos datos de actividad económica de Azul ilustran la magnitud de la recesión económica que estamos transitando producto de las medidas del gobierno nacional: 
●    la demanda eléctrica industrial en Azul se redujo en -3% en el acumulado del primer semestre de 2024, tendencia que continua en julio; aun a pesar de la recuperación del agro luego del año de sequía, 
●    los patentamientos de maquinaria se derrumbaron en -72% en Azul en el primer semestre de 2024;  
●    los patentamientos de motos, en tanto, cayeron más de -20% en el acumulado del primer semestre; 
●    los patentamientos de autos decrecieron un -9% en el primer semestre
●    en el primer trimestre del 2024 los depósitos bancarios de Azul cayeron -23% en términos reales, respecto al IV-2023. En la variación a/a, los depósitos cayeron un -38% 
●    Los préstamos en términos reales de Azul cayeron -36% respecto al IV-2023. En la variación a/a, la caída fue -44%.
Que el Municipio de Azul acumula un déficit económico estructural desde hace aproximadamente treinta años, producto de las políticas públicas establecidas por distintas gestiones que no lograron reducirlo.
Que el proceso de incorporación de nuevas funciones que se sumaron a las tradicionales funciones municipales a partir de la descentralización de los años 90 no fue acompañado por un modelo tributario que pudiese dar respuesta a la necesidad de recursos suficientes para sostener la dimensión del Estado Municipal en cuanto a cantidad, variedad y tipo de prestación de servicios.
Que el Municipio de Azul sostiene un complejo sistema de salud integrado por tres hospitales y 13 Centros de Atención Primaria de la Salud y, además, fue incorporando durante los últimos 40 años la prestación de servicios vinculados a la educación, la cultura, el deporte, la tercera edad, mediante la creación de Instituciones Municipales o talleres que requieren una importante inversión de recursos en mantenimiento de edificios, insumos y personal.
Que, asimismo, los servicios de recolección de residuos y barrido manual y mecánico fueron tercerizados hace décadas a lo que se sumó, en los últimos años, el servicio de disposición final de los residuos.
Que, paralelamente, la inversión en Recursos Humanos creció exponencialmente debido a la incorporación de personal. Habiendo sido de 844 agentes en 1999, al momento de asumir nuestra gestión, la planta de personal era de 1851 trabajadores.
Que se observa un incremento discrecional de bonificaciones y asignación de cargas horarias de 35, 40, 42, 48 y hasta 48 horas alternadas, que no siempre responden a las tareas reales que realiza cada uno de los trabajadores municipales generando inequidad entre los mismos.
Que desde el inicio esta gestión de Gobierno dedicó gran parte de los esfuerzos a estabilizar el funcionamiento general de la administración y a responder a las emergencias, principalmente producto de la crisis económica y social; e implementó un programa de acciones tendientes a lograr el equilibrio entre los recursos y el gasto del Estado municipal:
•    reducción de la planta de cargos jerárquicos políticos. Se designaron solo 31 funcionarios mientras que, el resto de los cargos fueron cubiertos por 27 trabajadores de planta, reduciendo el gasto en funcionarios políticos y al mismo tiempo optimizando el rendimiento de trabajadores calificados.
•    reducción de la planta de trabajadores, sin realizar despidos, congelando nuevos ingresos, evitando cubrir las vacantes generadas por renuncias y jubilaciones.
•    revisión de funciones y bonificaciones buscando su aplicación racional.
•     Implementación de la Tasa de Servicios Esenciales municipales, ampliando la base de contribuyentes de manera tal que la presión tributaria no recaiga exclusivamente sobre los vecinos propietarios de inmuebles urbanos, para afrontar diversos servicios municipales: salud, educación, deportes, inclusión, transporte.
Que sin perjuicio de estas medidas, que han contribuido al objetivo de alcanzar equilibrio fiscal, se han presentado otras circunstancias que han impedido lograrlo.
Que además del déficit económico, se precipitó una crítica situación financiera que obliga a tomar medidas profundas sobre el funcionamiento y la estructura Municipal.
Que para tal fin resulta necesario establecer un programa de reducción y optimización del gasto que tendrá por objetivo alcanzar un adecuado equilibrio, económico y financiero de la Comuna, adecuando los gastos los recursos disponibles para la prestación de los servicios públicos a su cargo. 
Que el principio de autonomía municipal determina que el Municipio debe generar las condiciones necesarias para la prestación de los servicios de su competencia y generar los recursos económicos y financieros suficientes.
Que el Departamento Ejecutivo tiene dentro de sus facultades y deberes principales conseguir la administración eficiente de los recursos y para tal fin debe disponer las medidas que se dictan en el presente conforme a lo previsto en el DECRETO-LEY 6769/58 -LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES en los artículos 1, 107, 108, 117, 119, 131, 132, 151 siguientes y consiguientes.
Que el ahorro que se estima alcanzar con esta reducción de gasto en bienes y servicios es de ciento treinta y cinco millones de pesos ($ 135.000.000) promedio mensuales que de alcanzarse totalizará un ahorro aproximado de ochocientos diez millones de pesos ($ 810.000.000) al mes de febrero de 2025.
Que la inversión de los recursos públicos debe ser racional y eficaz, por lo que corresponde ajustar el pago de los salarios a las tareas efectivamente prestadas por los trabajadores, respetando los derechos establecidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Municipal y la ley 14656.
Que el ahorro que se proyecta alcanzar, adecuando el pago de las remuneraciones a los servicios efectivamente prestados por los trabajadores, es de ciento cincuenta y cinco millones de pesos ($ 155.000.000) promedio mensuales y totalizaría aproximadamente novecientos noventa y nueve millones de pesos ($ 999.000.000) al mes de febrero de 2025.
Que se reducirá el salario de los funcionarios políticos en un 15%, lo que generará un ahorro promedio de diecinueve millones ($ 19.000.000) mensuales y totalizará un ahorro de ciento veintinueve millones de pesos ($ 129.000.000) al mes de febrero de 2025.
Que el ahorro total proyectado que se pretende es de aproximadamente dos mil millones de pesos ($ 2.000.000.000) al mes de febrero de 2025.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Azul,

DECRETA:
I-PROGRAMA DE REDUCCIÓN Y OPTIMIZACIÓN DE GASTOS Y RECURSOS 
ARTICULO 1.- DECLARESE la Emergencia administrativa, económica y financiera de la Municipalidad de Azul.
ARTICULO 2.- DISPONESE la implementación del programa de reducción y optimización de gastos y recursos que tendrá por objetivo lograr un adecuado equilibrio económico y financiero de la Comuna adecuando los gastos a los recursos disponibles  para la prestación de los servicios públicos a su cargo. 
ARTICULO 3.- El programa de saneamiento financiero tendrá una duración de ciento ochenta (180) días, a partir del 1º de septiembre de 2024.
ARTICULO 4.- DISPONGASE que cada Secretaría municipal implemente las acciones necesarias para reducir al máximo la ejecución presupuestaria, debiendo implementar como mínimo las acciones que se ordenan en los artículos siguientes.
ARTÍCULO 5.- DISPONESE la reducción de un quince por ciento (15 %) del salario de los funcionarios de la planta política y de quienes siendo trabajadores se desempeñen en cargos políticos. Asimismo, se dispone el congelamiento de dichos salarios.
ARTÍCULO 6.- DISPONGASE la suspensión de la asignación y pagos de cualquier tipo de viáticos a los funcionarios de la planta política.
ARTÍCULO 7.- Toda norma que surge del presente decreto deberá ser interpretada para cumplir los objetivos planteados, respetando en todo caso las normas superiores y permitiendo el funcionamiento de los servicios esenciales. Cada Secretario será responsable de su implementación y eventualmente deberá elevar las consideraciones que surjan para lograr el correcto funcionamiento del Municipio.

II-RECURSOS
ARTICULO 8.- La Secretaría de Economía y Hacienda confeccionará, a través de la Subsecretaría de Ingresos Públicos, un plan de facilidades de pago, con el fin de posibilitar la ampliación del plan de regularización de deudas municipales por tasas, derechos y contribuciones de mejoras en todo el Partido, con alcance a las deudas de contribuyentes correspondientes a ejercicios anteriores y las vencidas del actual.
ARTICULO 9.- FACULTASE a la Secretaría de Economía y Hacienda, a través de la Subsecretaría de Ingresos Públicos, a reorganizar el área proveyéndole los recursos materiales y humanos necesarios para llevar adelante las políticas tributarias durante la vigencia del presente programa.  Procúrese, a estos fines, la reubicación en el área de ingresos públicos de los agentes que se desplacen de otros sectores, que por su capacidad y conocimiento fueren útiles a esos efectos.
ARTICULO 10.- ORGANICESE en la Subsecretaría de Ingresos Públicos, el área de Fiscalización integral interna y externa de todos los tributos municipales, a fin de aumentar los porcentajes de recaudación.-
ARTICULO 11.- FACULTASE a la Subsecretaría de Ingresos Públicos y a la Subsecretaría Legal y Técnica para que, a través de las oficinas pertinentes, impulsen las medidas judiciales precautorias o definitivas de cobro incluyendo embargos de bienes y activos, comenzando por aquellos créditos más antiguos y/o de mayor cuantía.

III-GASTOS
A) CONTRATACIONES Y COMPRAS
ARTICULO 12.- DISPONESE que cada Secretaría y la “Dirección de Vialidad Rural del partido de Azul -como ente descentralizado-, deberán generar una reducción del veinte por ciento (20%), en todos los bienes y servicios contratados por la Comuna que se encuentren en estado de ejecución. 
ARTICULO 13.- DISPONESE que todas las secretarías junto a la jefatura de compras y asesor legal examinen los contratos de obras y servicios en curso a fin de aconsejar las medidas a adoptar para reducir  las erogaciones comprometidas.
ARTICULO 14.- AUTORICESE a la Secretaría de Hacienda y Administración para celebrar acuerdos de consolidación de deuda con los proveedores sobre créditos pendientes y sobre aquellos cuyo vencimiento opere durante la vigencia de este plan.

B) PERSONAL
ARTÍCULO 15.- ESTABLÉZCASE que la carga horaria de los trabajadores de todas las áreas municipales no podrá ser superior a las 40 horas semanales, dejando suspendidas todas las asignaciones que superen ese régimen horario.
ARTÍCULO 16.- LIMITENSE las funciones por dedicación asignadas a todos trabajadores que se desempeñan como jefes de Departamento o Subdirectores, a dedicación semiexclusiva, dejando suspendida cualquier asignación mayor. 
ARTÍCULO 17.- ESTABLÉZCASE que para la prestación de los servicios que se brindan fuera de los días y horarios administrativos se deberá redistribuir el personal de manera que la tarea sea cumplida sin asignar horas extras ni bonificaciones y garantizando el descanso semanal. En caso de presentarse alguna situación de excepción o necesidad el Secretario del área correspondiente deberá elevar un pedido debidamente fundado para su análisis.
ARTÍCULO 18.- SUSPENDASE la asignación y pago de horas extras de todo el personal, salvo situaciones extraordinarias que deberán ser debidamente fundadas, por el Secretario del área pertinente y autorizadas por el Intendente Municipal, en la necesidad de cubrir servicios esenciales.
ARTÍCULO 19.- SUSPENDASE la cobertura de todos los cargos vacantes que existan en la actualidad o se produzcan durante el plazo de vigencia del presente programa. Suspéndase igualmente el otorgamiento de nuevos horarios prolongados, funciones, proyectos y horas extras, cualquiera sea la fuente de financiamiento con que se pretenda abonarlos. De presentarse alguna situación de excepción o necesidad el Secretario del área correspondiente deberá elevar un pedido debidamente fundado para su análisis.
ARTÍCULO 20.- FACULTASE a la Dirección de Recursos Humanos para reubicar personal a pedido de cada Secretaría, según las necesidades que surjan para cubrir las áreas que prestan servicios los días y horas inhábiles.
ARTICULO 21.-  DISPÓNGASE que se considerará falta grave en los términos del art. 60 inc. 10 del Convenio Colectivo de Trabajo vigente (texto ordenado) no aceptar la asignación de nuevas tareas o funciones o cumplirlas de manera deficiente, cuando la asignación se justifique conforme  los objetivos del presente. 
ARTÍCULO 22.- INSTRÚYASE a la Secretaría de Salud, para que a través de las Direcciones de los Hospitales Municipales, implemente un plan de reducción del gasto y proponga las excepciones necesarias para mantener en funcionamientos los servicios esenciales. Para tal fin queda facultada a reducir cargas horarias, redistribuir el personal y las guardias activas y pasivas y reducir la prestación de servicios no esenciales. 
ARTICULO 23.- ELÉVESE el presente Decreto  al Concejo Deliberante para su conocimiento e invítese a ejecutar un programa de reducción de gastos en el ámbito de su competencia. 

ARTÍCULO 24.- REFRENDEN el presente
ARTÍCULO 25.- NOTIFIQUESE 

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