
El imputado quedó aprehendido y será indagado este viernes en la sede de la Fiscalía N° 19.
El Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires actualizó el valor del Módulo de Gasto Operativo de Consultorio: "no constituye honorario médico".
La Región14/06/2022 NdAEl Consejo Superior del Colegio de Médicos de la Provincia de Buenos Aires resolvió por Resolución C.S. N° 1033/2022, crear el Valor de Módulo por Gasto Operativo de Consultorio (Módulo G.O.C.) para posibilitar la percepción de gastos operativos derivados de las atenciones médicas llevadas a cabo por los y las profesionales que ejercen la medicina en los consultorios médicos debidamente habilitados en cada Distrito.
Reconociendo la percepción de un (1) Módulo G.O.C. por cada atención profesional que se brinde en los términos citados anteriormente.
Resolución N° 1033/2022
VISTO:
Lo dispuesto por los incisos 3, 4, 12 y 19 del art. 5, art. 27 y e.e. del Decreto Ley N.º 5413/58, el Reglamento de Habilitaciones de Consultorios Médicos y;
CONSIDERANDO:
Que el Colegio de Médicos Distrito X elevó a consideración de este Consejo Superior distintas propuestas y proyectos relacionados con los gastos operativos que implica el ejercicio profesional;
Que, en uso de las atribuciones estatuidas por el art. 5° del Decreto Ley N.º 5413/58, el Colegio de Médicos Distrito X dictó la Resolución N.º 140/07 mediante la cual reconoció en su ámbito el devengamiento diario de gastos administrativos y operativos derivados de la atención médica prestada en consultorios profesionales debidamente habilitados, creando además el Valor Módulo Gasto Operativo de Consultorio (Módulo G.O.C) para posibilitar la percepción y/o recupero de tales gastos devengados en cada atención médica que se lleve a cabo en el ámbito del consultorio profesional;
Que, dicha medida ha tenido una recepción favorable por parte de los y las profesionales allí matriculados, en tanto abarca una problemática que aún hoy posee vigencia; Que, los y las profesionales que ejercen la medicina soportan continuos incrementos en los costos operativos derivados de la atención que brindan a los pacientes, que resultan ajenos al acto médico y cuya percepción posee distinta naturaleza respecto del arancel médico;
Que, en una enumeración no taxativa, la citada Resolución como ejemplo gastos de secretaría, gestión de órdenes de encargue, recetarios, digitalización de fichas e historias clínicas, administración de software y servicios i11for1náticos, artículos de librería,
servicios y productos de limpieza y esterilización, elementos de protección personal, insumos médicos descartables de uso corriente, etc.;
Que; sin pe1juicio de las distintas modalidades de prestación y pago, tales costos son asumidos exclusivamente por los profesionales y afectan indirectamente la pauta arancelaria establecida para la labor profesional;
Que, en dicho contexto, este Consejo Superior ha evaluado la modalidad y estima apropiado proceder a su aplicación en el ámbito de su competencia;
Por ello, EL CONSEJO SUPERIOR DEL COLEGIO DE MÉDICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE
ARTICULO 1°: Crear el Valor Módulo Gasto Operativo de Consultorio (Módulo G.O.C) para posibilitar la percepción de gastos operativos derivados de las atenciones médicas llevadas a cabo por los y las profesionales que ejercen la medicina en los consultorios médicos debidamente habilitados en cada Distrito.
ARTICULO 2°: Reconocer la percepción de un (1) Módulo G.O.C. por cada atención profesional que se brinde en los términos del artículo 1 º.
ARTICULO 3º: Determinar el valor Módulo 0.0.C. en la suma de pesos mil ($1.000). Dicho valor será actualizado periódicamente por el Consejo Superior en función de las variaciones que se verifiquen en la actividad económica y posean incidencia sobre los gastos de consultorio.
ARTICULO 4°: Establecer que la implementación y percepción del Módulo O.O. e. por parte de los y las profesionales tendrá carácter voluntario.
ARTICULO 5°: El o la profesional que implemente la percepción del Módulo G.O.C. informará dicha medida a sus pacientes exhibiendo en su consultorio cartelería clara y visible que comunique el contenido de la presente Resolución.
ARTÍCULO 6°: Comunicar a los Colegio de Médicos de Distrito. Cumplido, archivar. RESOLUCIÓN C.S. N.º 1033/2022
ANEXO I - Reglamento Resolución C.S. N.º 1033/2022
Artículo 1º.- El módulo G.O.C. no constituye honorario, pago o retribución por servicios médicos.
Artículo 2º.- Dado su carácter voluntario, el o la profesional podrá solicitar a sus pacientes el pago total o parcial del módulo G.O.C..
Artículo 3°.- Cada vez que el o la profesional deba extender un recibo o comprobante de pago de la percepción, sin que ello implique una definición de su tratamiento impositivo o contable, podrá consignar el concepto "gastos operativos de consultorio, no constituye honorario".
Artículo 4º.- La percepción del módulo G.O.C. no estará sujeta a aporte, contribución ni retención alguna por parte de las entidades médicas, cualquiera sea su naturaleza jurídica.
Artículo 5º.- La percepción del módulo G.O.C. podrá ser implementada en consultorios y policonsultorios debidamente habilitados por las autoridades pertinentes.
Artículo 6º.- El documento denominado ANEXO II que se acompaña al presente podrá ser utilizado por los y las profesionales como certificado que avale el cobro del módulo G.O.C. mediante su exhibición en el consultorio, de acuerdo con lo previsto por el art. 5° de la Resolución C.S. N.º 1033/2022.
El imputado quedó aprehendido y será indagado este viernes en la sede de la Fiscalía N° 19.
Conmoción en la comunidad rural de Espigas.
El hallazgo de los cuerpos fue este jueves en hora de la tarde.
Una mujer fue imputada por encubrimiento y un menor quedó involucrado.
Tres hombres resultaron heridos.
Se realizó la ceremonia de entrega de carnets a los nuevos matriculados.
Se desconoce cuál fue el otro vehículo involucrado en el siniestro.
El hecho ocurrió en una casa ubicada en Villa Piazza Norte.
El acto reafirmó los lazos culturales entre Argentina y Francia.
De esta manera, el “Pamperito” vuelve a ponerse en marcha como una propuesta recreativa para las infancias.
Quienes deseen vincular sus propuestas al Municipio pueden comunicarse a través del e-mail: [email protected]
La próxima fecha se realizará el 24 de agosto en Olavarría.