Piden que Mario Fossati vaya a juicio por presunta administración fraudulenta en la CEAL

Por el momento de desconoce la postura de la defensa de Fossati.
Información general30/10/2026NdANdA

El fiscal Adrián Peiretti le atribuye dos hechos que habrían provocado un perjuicio patrimonial superior a los $31 millones para la Cooperativa Eléctrica de Azul. La acusación está vinculada con el cobro de honorarios por una obra de pavimentación y el pago de la cobertura médica familiar con fondos de la entidad. Además, la Fiscalía propuso la suspensión del juicio a prueba por un año.

El fiscal Adrián Peiretti, titular de la UFI 13 del Departamento Judicial de Azul, solicitó la elevación a juicio de la causa contra Mario César Fossati, expresidente del Consejo de Administración de la Cooperativa Eléctrica de Azul Limitada (CEAL), por dos presuntos hechos de administración fraudulenta.
De acuerdo con la requisitoria presentada, las maniobras investigadas habrían ocasionado un perjuicio patrimonial de $31.359.089,95 para la cooperativa. El expediente, que comprende dos causas acumuladas, deberá continuar su trámite judicial y el pedido de elevación a juicio tendrá que ser evaluado por el órgano competente.

Sin embargo, el requerimiento fiscal incorpora una alternativa procesal: Peiretti consideró pertinente proponer la suspensión del juicio a prueba por el plazo de un año, bajo determinadas condiciones, y solicitó que la defensa de Fossati se pronuncie sobre su aceptación.

Los honorarios por la obra de pavimentación

Uno de los hechos investigados está relacionado con la obra de pavimentación ejecutada en el barrio Villa Piazza Sur, en el marco de un proyecto de integración urbana que involucró al Municipio de Azul y a la CEAL.

Según la acusación, Fossati habría percibido indebidamente $21.768.844,05 entre noviembre de 2023 y octubre de 2024 por tareas vinculadas con la representación técnica de esos trabajos.

La Fiscalía sostiene que esos cobros eran incompatibles con su función como presidente del Consejo de Administración de la cooperativa. En ese sentido, la requisitoria hace referencia a un acta del 17 de julio de 2023, en la que el entonces titular de la entidad había renunciado a percibir honorarios por esa tarea profesional.

Pese a ello, de acuerdo con la investigación, el dinero habría sido transferido desde una cuenta de LuzAzul S.A., empresa controlada por la CEAL, hacia una cuenta bancaria de titularidad de Fossati.

El fiscal también señaló que los pagos no habrían sido informados oportunamente al Consejo de Administración y que posteriormente se habría intentado ocultar su existencia.

Durante su declaración en la etapa de investigación, Fossati reconoció haber recibido los importes y haberlos reintegrado. Según la explicación que brindó, se trataba de anticipos a cuenta de futuras ganancias de LuzAzul y de pagos vinculados con tareas de gerenciamiento operativo.

También sostuvo que realizó la devolución voluntariamente, por razones de ética, y que no había recibido una intimación fehaciente para restituir el dinero.

Para el fiscal Peiretti, esas explicaciones no lograron justificar suficientemente los montos percibidos ni las tareas que habrían dado origen a los pagos.

El pago de la cobertura médica familiar

El segundo hecho imputado está relacionado con el pago de la cobertura médica de Fossati y de su grupo familiar mediante fondos de la cooperativa.

Según la requisitoria, entre el 24 de enero de 2022 y el 10 de diciembre de 2024 se habrían abonado $9.590.245,90 a Swiss Medical S.A. mediante pagos mensuales.

La Fiscalía sostiene que esas erogaciones se realizaron sin autorización ni conocimiento del Consejo de Administración de la CEAL y que el entonces presidente habría dispuesto de fondos que administraba en razón de su cargo para afrontar gastos personales y familiares.

Para el representante del Ministerio Público Fiscal, este episodio también habría configurado un perjuicio patrimonial para la institución.

Una propuesta de suspensión del juicio a prueba

Además de solicitar la elevación a juicio, el fiscal Peiretti consideró pertinente ofrecer una salida alternativa mediante la suspensión del juicio a prueba por el término de un año.

La propuesta contempla como pautas de conducta la fijación de domicilio, el sometimiento al control del Patronato de Liberados y la obligación de no cometer nuevos delitos.

En su presentación, el fiscal solicitó que el órgano de juicio corra traslado de la propuesta a la defensa técnica de Fossati para que se pronuncie sobre su aceptación o rechazo en un plazo estimado de 30 días corridos, sujeto al criterio judicial.

También pidió que se suspendan los plazos procesales correspondientes mientras se analiza esa posibilidad y dejó constancia de que la propuesta fue puesta en conocimiento del particular damnificado.

La suspensión del juicio a prueba no equivale a una condena ni supone, por sí misma, una declaración de culpabilidad. Su eventual aplicación deberá ser evaluada por la autoridad judicial competente, conforme a los requisitos legales correspondientes.

Por el momento, los hechos atribuidos a Fossati constituyen imputaciones que deberán ser resueltas en el marco del proceso judicial.

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