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title: "Nuevas restricciones establecidas por los Gobiernos Nacional y Provincial"
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description: "La Municipalidad de Azul informa a la comunidad las medidas de restricción que estarán vigentes en todo el partido de Azul a partir del sábado 22 a las 00 y hasta el domingo 30 de mayo inclusive."
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date_published: "2021-05-21T20:55:00-03:00"
date_modified: "2021-05-21T20:59:03-03:00"
author_name: "NdA"
category_name: "Política"
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# Nuevas restricciones establecidas por los Gobiernos Nacional y Provincial

![Municipalidad de Azul](/download/multimedia.miniatura.b87d4c8615452bba.6d756e69636970616c696461645f6d696e6961747572612e6a7067.jpg)

*municipalidad*

En tanto, se aguarda el DNU presidencial y la Resolución provincial, de existir cambios serán comunicados.  
Al respecto, se restringe la circulación entre las 18 y las 6. Solamente se permitirá circular para actividades de cercanía (entre las 6 y las 18).  
Estarán prohibidos los encuentros sociales, tanto en espacios abiertos como en espacios cerrados.  
Respecto a los comercios, los considerados esenciales -como farmacias, supermercados, almacenes, estaciones de servicio, ferreterías, veterinarias- seguirán abiertos con los mismos protocolos hasta las 18.  
Mientras que los comercios no esenciales -blanquería, locales de ropa, perfumerías, electrodomésticos, bazar, etc.- podrán trabajar con delivery.  
Los locales gastronómicos podrán trabajar solamente en la modalidad de delivery o retiro en el local, hasta las 23.  
Los clubes permanecerán cerrados. Sólo podrán practicarse deportes individuales al aire libre en espacios públicos hasta las 18.  
En las plazas, Parque Municipal y Balneario los lugares de juegos y gimnasios a cielo abierto no podrán ser utilizados.  
Se suspenden todas las actividades y ceremonias religiosas de manera presencial.  
Se sostiene la continuidad pedagógica en la modalidad virtual.  
El control de estas medidas estará a cargo de las fuerzas de seguridad con el acompañamiento del personal municipal.

**Quedan exceptuadas del cumplimiento y de la prohibición de circular las personas afectadas a las siguientes actividades y/o servicios:**

● Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.  
● Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.  
● Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.  
● Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.  
● Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.  
● Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.  
● Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.  
● Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.  
● Personal afectado a obra pública.  
● Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.  
● Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.  
● Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.  
● Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.  
● Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.  
● Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.  
● Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.  
● Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.  
● Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.  
● Servicios de lavandería.  
● Servicios postales y de distribución de paquetería. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

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